ORGANISMO CONVOCANTE: JUNTA DE ANDALUCÍA

CONVOCATORIA: Subvenciones para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía 2021

TIPO SUBVENCIÓN O AYUDA: De concurrencia COMPETITIVA

PLAZO(S) DE SOLICITUD HASTA: por determinar

BENEFICIARIOS: Comunidades de propietarios de Andalucía

Línea 1: Subvenciones que tienen por objeto contribuir a financiar la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva. (ascensores, adecuación etc.)

Línea 2: Subvenciones que tienen por objeto contribuir a financiar la ejecución de obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en edificios de tipología residencial colectiva. (Subsanación deficiencias, aislamientos etc.)

CUANTÍAS: 40% del presupuesto protegible y 75% del presupuesto protegible en caso de unidades de convivencia con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM o residentes con discapacidad o mayores de 65 años en obras de accesibilidad.

REQUISITOS: Para solicitar estas ayudas, los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente.
  • No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
  • El 70% de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial.
  • Tienen que estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.
  • Tienen que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
  • Contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
  • Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.

JUSTIFICACIÓN: La documentación justificativa se deberá presentar en el plazo máximo de 12 meses desde el abono efectivo del 50% de la subvención.

OTROS DATOS: El plazo máximo para iniciar las obras será de 6 meses desde Resolución de concesión. El plazo máximo de ejecución de obras no podrá exceder 16 meses desde Resolución de concesión

PLAZO DE RESOLUCIÓN: 6 MESES

HONORARIOS DE TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA CON AFICOR ASESORÍA: 585€

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